ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD QUE CELEBRAN “ LUDOVIC XAVIER MARY FONTAINE ” A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL DIVULGANTE” Y POR OTRA EL/LA C. ______________________________ A QUIEN SE LE DENOMINARÁ COMO “EL RECEPTOR”. CUANDO COMPARECEN EN FORMA CONJUNTA SE LE DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIÓNES Y CLÁUSULAS: DEFINICIONES INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. - Se entenderá por información confidencial toda información ya sea oral, impresa, o contenida en cualquier tipo de documento, archivo, o medio que pueda almacenar información independientemente de su naturaleza, respecto de los cuales, alguna de las partes le otorgue el carácter de confidencial. Entre esta información se encuentran las estrategias comerciales, Estrategias de mercadeo y/o Marketing, información contable y financiera, secretos comerciales, cuentas bancarias, datos personales y/o sensibles del propio DIVULGANTE, sus socios comerciales, familiares y clientes, , incluidos los prospectos que se encuentren en proceso de selección y/o emisión de pólizas de Seguros y/o Fianzas, así como cualquier otra información de carácter confidencial y/o sensible propiedad del DIVULGANTE, sus socios comerciales, y familiares. PARTE DIVULGANTE . - Tendrá el carácter de “DIVULGANTE” cualquier de las partes que ponga a disposición de la otra información confidencial de su propiedad, quien en todo momento conservará la titularidad de la información que comparta. PARTE RECEPTOR A. - Tendrá el carácter de “RECEPTOR” cualquiera de las partes que reciba a su resguardo información confidencial propiedad de la parte DIVULGANTE, y se obliga a no hacerla del conocimiento de un tercero, bajo pena de indemnizar a la parte DIVULGANTE en los términos y condiciones estipuladas en el presente contrato sin perjuicio de las sanciones penales como civiles a las que sea acreedora. DECLARACIONES DECLARA EL 1. DIVULGANTE : Ser una Persona Física de nacionalidad mexicana, con capacidad legal para celebrar el presente Aviso de Confidencialidad. 2. 3. 4. Que cuenta con la capacidad, infraestructura, servicios, recursos necesarios y personal debidamente capacitado, para dar cabal cumplimiento a las obligaciones derivadas del presente contrato. Contar con constancia de inscripción ante el Servicio de Administración Tributaria con Registro Federal de Contribuyentes: FOLU830717844. Su domicilio fiscal es el ubicado en José F. Muguerza Col. Lomas en Monterrey, Nuevo León con Código Postal 64030. 1 5. el contenido y Que previo a la firma del presente Contrato explicó al RECEPTOR alcance legal del mismo. DECLARA "EL 1. RECEPTOR ": Es persona física de nacionalidad mexicana y que cuenta con la capacidad legal necesaria para la celebración y cumplimiento del presente instrumento. 2. 3. 4. PRIMERA Contar con constancia de inscripción ante el Servicio de Administración Tributaria con Registro Federal de Contribuyentes: _________. Su domicilio es el ubicado en _________________________ de la Ciudad de ________ con Código Postal _____. Que previo a la firma del presente Contrato le fue explicado por “ el contenido y alcance legal del mismo. CLAUSULAS . OBJETO DEL ACUERDO EL DIVULGANTE ” El objeto del presente acuerdo consiste en el resguardo de la Información Confidencial que el RECEPTOR por cualquier medio obtenga del DIVULGANTE motivo de la relación contractual y/o comercial que tuviera celebrado con este último. Por lo que tendrá prohibido compartir y/o divulgar la información por cualquier medio a terceras personas que el DIVULGANTE de manera expresa no autorice. Para fines del presente acuerdo, se entenderá como Terceras Personas a los familiares del RECEPTOR en línea ascendiente, descendiente y colateral en cualquier grado de parentesco sin importar el grado de consanguinidad, otros Agentes de Seguros y/o Fianzas, ejecutivos financieros y/o comerciales, y cualquier otra persona física y/o moral con las que el DIVULGANTE no tenga una relación comercial existente. SEGUNDA . DEBER DE CONFIDENCIALIDAD El RECEPTOR únicamente utilizará la información facilitada por el DIVULGANTE para los fines relacionados con la relación contractual y/o proyecto celebrado entre las partes, comprometiéndose el RECEPTOR a mantener la más estricta confidencialidad respecto de la información recibida, advirtiendo del deber de confidencialidad y secreto a sus socios, consejeros, representantes legales, empleados y a cualquier persona física o moral que, por su relación con el RECEPTOR, deba tener acceso a la información otorgada para el correcto cumplimiento de las obligaciones del RECEPTOR para con el DIVULGANTE. En este sentido, se entenderá que el RECEPTOR debe asegurarse que cada persona física o moral que acceda a la información revelada por el DIVULGANTE se adhiera al compromiso de confidencialidad establecido en el presente acuerdo, incluidos sus familiares en línea ascendiente como descendiente y colateral en cualquier grado. 2 El RECEPTOR y las personas mencionadas en el párrafo anterior no podrán reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente acuerdo sin previa autorización escrita del DIVULGANTE. En caso de que el DIVULGANTE otorgue la autorización escrita para facilitar la información a un tercero, se procederá de la siguiente manera: El DIVULGANTE firmará con el tercero un acuerdo de confidencialidad previamente a que el RECEPTOR proporcione en todo o en parte la información confidencial al tercero, para lo cual el RECEPTOR deberá cerciorarse antes de divulgar la información, si efectivamente el DIVULGANTE y el tercero firmaron el correspondiente acuerdo de confidencialidad. Además de lo anterior, el RECEPTOR conviene en no celebrar con ninguna persona física o moral, cualquier tipo de acuerdo, convenio, contrato, negociación o asumir obligaciones que estén en conflicto con el presente acuerdo o que deriven o impliquen el incumplimiento de este. Asimismo, el RECEPTOR adoptará respecto de la información objeto de este acuerdo las mismas medidas de seguridad que normalmente adoptaría respecto a la información confidencial de sus propios negocios o intereses, evitando por todos los medios a su alcance la pérdida, robo o sustracción de la información compartida con el DIVULGANTE. TERCERA EXCEPCIONES A LA CONFIDENCIALIDAD Sin perjuicio de lo estipulado en el presente acuerdo, ambas partes aceptan que la obligación de confidencialidad no se aplicará en los siguientes casos: a) Cuando la información ya fuera del conocimiento del RECEPTOR con anterioridad a la firma del presente acuerdo, sin la obligación de guardar confidencialidad. b) Cuando la información se encontrara en el dominio público en el momento de ser facilitada al RECEPTOR o, una vez entregada la información, esta acceda al dominio público sin infracción alguna de las cláusulas del presente acuerdo. c) En caso de que el RECEPTOR pueda probar que la información fue desarrollada o recibida legítimamente de terceros, de forma totalmente independiente a su relación con el DIVULGANTE. d) Cuando la legislación vigente o un mandato judicial exija su divulgación. En este caso, el RECEPTOR notificará al DIVULGANTE tal eventualidad y hará todo lo posible por garantizar que se dé un tratamiento confidencial al a información. 3 CUARTA PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN Los derechos de propiedad de la información objeto del presente acuerdo pertenecen al DIVULGANTE y el hecho de facilitarla al RECEPTOR para el objeto mencionado en la cláusula primera no modifica tal situación, lo cual implica que el DIVULGANTE conservará para sí los derechos inherentes a la propiedad de la información que se haga al RECEPTOR. En consecuencia, en ningún caso y por ningún motivo se entenderá que la información confidencial compartida por alguna de las partes constituirá una copropiedad y el RECEPTOR reconoce que el hecho de que la parte DIVULGANTE le comparta información confidencial no le otorga ningún derecho de licencia, patente o propiedad intelectual sobre la misma, y que la revelación de la información no originará ninguna obligación al DIVULGANTE de otorgar derecho alguno sobre dicha información. CUARTA BIS CARTERA DE CLIENTES Los derechos, frutos y accesorios adquiridos por EL DIVULGANTE previo a la celebración del presente contrato, así como aquellos que se originen durante la vigencia del presente contrato hasta su terminación, sin importar el medio, motivo y/o causa, pertenecen exclusivamente a EL DIVULGANTE. El hecho de facilitar la información de los clientes a EL RECEPTOR para la realización de su respectiva actividad pactada dentro del(os) proyecto(s) en los que de forma conjunta participe con EL DIVULGANTE y/o demás socios, de ninguna manera le dan derecho y/o exclusividad alguna sobre la cartera de clientes propiedad de EL DIVULGANTE. Lo cual implica que el DIVULGANTE conservará para sí los derechos inherentes a la propiedad de la información que se haga al RECEPTOR, incluyendo la cartera de clientes. En consecuencia, en ningún caso y por ningún motivo se entenderá que la información confidencial compartida por alguna de las partes constituirá una copropiedad y EL RECEPTOR reconoce que el hecho de que la parte DIVULGANTE le comparta información confidencial no le otorga ningún derecho de licencia, patente o propiedad intelectual sobre la misma, y que la revelación de la información no originará ninguna obligación al DIVULGANTE de otorgar derecho alguno sobre dicha información. QUINTA SALVAG UARDA LABORAL Ambas partes reconocen que el presente convenio no podrá interpretarse como constitutivo de una relación laboral, de asociación, de sociedad, de licencia o de cualquier otra índole. 4 SEXTA SANCIONES En caso de que la información confidencial compartida resulte revelada, divulgada o utilizada por el RECEPTOR de cualquier forma distinta al objeto de este acuerdo, ya sea de manera dolosa o por mera negligencia, habrá de indemnizar al DIVULGANTE por los daños y perjuicios ocasionados. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones civiles o penales a las que este último tenga derecho a interponer, de conformidad con la Ley de Propiedad Industrial, el Código Penal Federal (delito de revelación de secretos contemplado en los artículos 210, 211 y 211 bis) y demás leyes y disposiciones aplicables. Todo esto, además de las cantidades que se generen por concepto de gastos de representación legal con motivo de un procedimiento judicial. SÉPTIMA RESTITUCIÓN O DESTR UCCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL En caso de que la relación contraída entre las partes se dé por concluida, estas se obligan a la elección de la parte DIVULGANTE, a devolver o destruir cualquier documento o archivo facilitados en cualquier tipo de soporte, así como las copias que en su caso hayan sido obtenidas de los mismos, siempre que constituyan información amparada por el deber de confidencialidad objeto del presente acuerdo. En todo caso, el DIVULGANTE podrá requerir la devolución o destrucción de la información que por cualquier medio haya compartido en cualquier momento, a través de la solicitud que por escrito formule al RECEPTOR. De no estipularse en la solicitud un plazo para la devolución o destrucción de la información, el RECEPTOR deberá devolver la información, así como las copias que en su caso se hayan obtenido, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que reciba la solicitud. OCTAVA VIGENCIA Este acuerdo entrará en vigor desde el momento en que las partes lo firman, extendiéndose su vigencia después de finalizada la relación entre las partes o, en su caso, la prestación del servicio, hasta por un plazo de ____ días naturales. NOVENA CESIÓN DE DERECHOS Los derechos y obligaciones derivados de este acuerdo no podrán cederse a un tercero. 5 DÉCIMA COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES Todo aviso o notificación entre las partes respecto del objeto del presente acuerdo, deberá ser por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas. En caso de que alguna de las partes cambie su domicilio, deberá comunicarlo a la otra a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio de residencia, de lo contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos. DÉCIMA PRIMERA JURISDICCIÓN “LAS PARTES” convienen que para interpretación y cumplimiento del presente contrato se someten expresamente a las leyes y tribunales de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, renunciando a cualesquiera otro(s) que por razones de domicilio presente o futuro pudiera corresponderles o cualesquier circunstancias que pudiera invocar. Para constancia de lo estipulado se firma el presente acuerdo en dos tantos, ante los testigos que al final del presente plasman sus firmas, mismos que manifiestan conocer personalmente a las partes, constándoles que ambos son perfectamente capaces para celebrar el presente convenio, suscribiéndose en la ciudad de Monterrey, Nuevo León el día ____ de ____ del año 20__. EL DIVULGANTE TESTIGO EL RECEPTOR TESTIGO